El fallo fue dictado por la Sala II de la Cámara Federal, que revocó los sobreseimientos dictados por el juzgado federal 1, a cargo de María Servini de Cubría, por considerar "prematura" esa resolución. Ordena seguir investigando.
En la causa se denunció un eventual abuso de autoridad en el que habrían incurrido el ex jefe de Gabinete de Ministros, Juan Manuel Abal Medina, y el actual Secretario de Comunicación Pública, Alfredo Scocimarro, en lo que respecta a la atribución de publicidad oficial a la querellante, Artear SA.

En la denuncia se hizo hincapié en la "paulatina merma" de publicidad oficial que se verificó en los medios controlados por Artear S.A desde el año 2010 hasta llegar a los períodos de exclusión completa "transcurridos durante el primer trimestre de 2012 y entre septiembre de ese año y septiembre de 2013".

Para los camaristas Horacio Cattani y Martín Irurzun, deben analizarse las conductas penales a pesar de que los hechos sobre la distribución de la publicidad oficial fueron tratados en el fuero contencioso administrativo. "La evaluación independiente de las conductas desde la perspectiva penal deviene ineludible", sostuvo la Cámara.

En junio del año pasado, el Tribunal Contencioso Administrativo Nº4 hizo lugar parcialmente a la demanda presentada por Artear contra Abal Medina y Scoccimarro y ordenó que se "disponga la elaboración y presentación en la instancia de origen y en el plazo de 30 días de quedar firme la presente, un esquema de distribución de publicidad oficial que comprenda a las emisoras América TV, Telefé, Canal 9, la Televisión Pública y Artear". En aquel momento, los magistrados descartaron iniciar cargos contra ambos funcionarios.