La justicia en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el pedido del Poder Ejecutivo para que el amparo concedido a la CGT contra el decreto de necesidad y urgencia del Gobierno salga de la órbita de los tribunales del Trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal definió que el problema de competencia planteado por el Poder Ejecutivo ya había sido resuelto en otra causa, por lo que correspondía declarar la "inadmisibilidad formal".

El Estado Nacional apeló la medida cautelar otorgada a la CGT y solicitó la nulidad, argumentando que la competencia debía ser del fuero Contencioso Administrativo Federal y no del fuero nacional del Trabajo. Sin embargo, los jueces desestimaron la apelación y confirmaron la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo en el amparo concedido a la CGT.

Por otro lado, el juez en lo Contencioso Administrativo Federal de feria Enrique Lavié Pico desestimó dos acciones de amparo contra el DNU impulsadas por Jorge Rizzo y por Claudio Lozano, entre otros firmantes. Lavié Pico fundamentó su decisión en la falta de un "perjuicio" concreto para los demandantes, resaltando que el DNU está siguiendo el procedimiento constitucional de revisión en el Congreso de la Nación.

En resumen, la justicia ha rechazado el pedido del Poder Ejecutivo y las acciones de amparo contra el DNU, manteniendo la competencia de los tribunales del Trabajo en el caso de la CGT y resaltando que el DNU sigue el procedimiento constitucional de revisión en el Congreso de la Nación.