La jueza nacional del Trabajo, Lucrecia Pedrini, emitió una resolución este lunes en la que hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la Asociación Bancaria (AB). En consecuencia, se suspendieron preventivamente "todos los efectos legales del título cuarto del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 para los trabajadores de la actividad".

La magistrada consideró que la "reforma laboral" propuesta en el mencionado decreto presenta una amplitud, variedad, profundidad y alcances que justifican el dictado de una medida cautelar, debido a la existencia de "peligro en la demora".

Esta medida cautelar se suma a otras que han suspendido los efectos de la aplicación del capítulo laboral del DNU, en respuesta a presentaciones realizadas por la CGT, la CTA, el Centro de Capitanes de Ultramar y oficiales de la Marina Mercante, y la Asociación del Personal Aeronáutico.

La Asociación Bancaria señaló que el decreto afecta distintos derechos laborales, como la exclusión de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) a personas físicas que podrían ser dependientes, la irrenunciabilidad, la extensión del período de prueba, la reducción de montos indemnizatorios y la imposición de una moratoria imperativa para el pago de condenas, entre otros aspectos.

Además, el sindicato destacó que el decreto limita el derecho de reunión y expresión, afecta la libertad sindical, cercena el derecho de negociación colectiva e irrazonablemente limita el derecho de huelga, entre otras cuestiones.

En base a estos argumentos, la magistrada consideró la viabilidad de la acción del gremio como sustento sólido a la verosimilitud del derecho.

Esta resolución representa un paso significativo en el análisis y debate sobre el impacto y la legalidad de las disposiciones laborales contenidas en el DNU 70/2023.