La Corte Suprema de Justicia de la Nación instó este martes a resolver de manera urgente el traslado y lugar de alojamiento de Patricio "Pato" Fontanet, el cantante de Callejeros condenado a siete años de cárcel por el incendio de Cromañón, actualmente internado en un neuropsiquiátrico.

En un fallo de dos carillas, los jueces Ricardo Lorenzetti, Carmen Argibay, Elena Highton de Nolasco y Enrique Petracchi resolvieron que el Tribunal Oral en lo Criminal 24 de la Capital Federal debe disponer sobre la situación de Fontanet.

Y por ello se estima que el cantante deberá ir de inmediato a la cárcel, tras abandonar el centro psiquiátrico donde está desde diciembre pasado, cuando la Cámara Federal de Casación Penal lo condenó a siete años de prisión por homicidio culposo seguido de muerte con cohecho activo en calidad de partícipe.

Es que el último 4 de abril, el TOC 24 solicitó al Juzgado de Control de Séptima Nominación de la provincia de Córdoba la remisión y traslado de Fontanet a la cárcel de Ezeiza.

El 30 de diciembre de 2004, 194 personas murieron en el boliche Cromañón, durante un recital de "Callejeros" en el que, desde el público, se encendieron bengalas, práctica habitual en sus shows.

En el juicio la mayor condena recayó en el gerenciador del boliche, Omar Chabán, además de otros responsables del local, de la policía y del Gobierno porteño, y se absolvió a los músicos.

A fines de diciembre la Sala III de Casación revisó las sentencias de todos y condenó a los músicos como responsables también de los homicidios.

Los miembros de la banda se pusieron a disposición de la Justicia, salvo Fontanet, quien apareció internado en el Sanatorio Morra de Córdoba por una crisis psiquiátrica, según dijeron sus defensores.

Pese a la orden del tribunal, el juez de Control 7 de Córdoba Esteban Díaz resolvió diferir el traslado del músico "hasta tanto el estado de salud mental no lo permita".

El juez afirmó que no pretendía "ejercer su competencia en lo que respecta al lugar y forma en la que debe ser cumplida la condena impuesta, sino, por el contrario, dar cumplimiento al exhorto de los magistrados requirentes de un modo que no ponga en riesgo la salud del condenado".

Se planteó un problema de competencia y elevó el caso a la Corte. La Procuración General dictaminó que dado que Fontanet "se encuentra a disposición del Tribunal Oral en lo Criminal 24 (...) corresponde a sus integrantes la apreciación del sentido de las recomendaciones médicas relevantes para resolver una cuestión que, en definitiva, resulta de su exclusiva competencia, esto es su traslado y el lugar de alojamiento".

Además, el Procurador Ezequiel Casal señaló que hasta ahora "sólo se cuenta con la opinión de un único psiquiatra forense de la provincia de Córdoba que afirmó que aunque Fontanet no tenga "impedimento físico", su traslado "e encuentra contraindicado desde el punto de vista psiquiátrico", señala la resolución.