A partir de ahora, la pareja de una persona fallecida sin los aportes al día puede obtener la pensión completando los años requeridos a través de la moratoria. En ese caso, pasa a cobrar una jubilación que dependerá de lo que estaba ganando la persona fallecida hasta el momento en que aportó. A esa suma se le restará la cuota de la moratoria. La decisión fue adoptada por la Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social, que ahora debe cumplimentar la ANSeS, explicó por Continental, el ombudsman de la Tercera Edad, Eugenio Semino. 

En Magdalena Tempranísimo, consideró que ahora “se deben rever los casos a los que se les había negado este beneficio. Hay quedado muchos viudos y viudas sin esta cobertura porque la ley exige que existan aportes en los últimos años para conceder la pensión. Lo que hemos conocido ahora es una decisión de la Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social, que es un tribunal de alzada administrativo dentro del propio ANSeS que ha reconocido el derecho a pesar de que esos últimos años no estuvieran aportados y la posibilidad de hacer esos aportes a través de la conocida moratoria vigente. La moratoria que originalmente se sancionó en 2007 aún sigue vigente pero no se la tomaba como de aplicación en estos casos. Yo creo que con esto hay que ver los casos rechazados hasta el momento en el mismo sentido", subrayó.

Sobre este último punto, recordó que, en su momento, "casi dos millones de personas compraron su cuota y sigue vigente la posibilidad de activar en forma completa la moratoria, porque, si bien está ahora vigente, a diferencia de lo que ocurría cuando se la dictó, que la persona obtenía el beneficio y se le iban descontando las cuotas a partir de tener el beneficio, ahora el sistema obliga a pagar lo debido del 93 a la fecha, que para alguien que está desocupado y tratando de jubilarse le es muy difícil. Lo que se está discutiendo es darle plena vigencia a la moratoria, tal cual ocurrió en 2007".