Procesaron por homicidio doblemente calificado al policía acusado por el asesinato del adolescente Diego Bonefoi en Bariloche, en el marco de persecución policial el último jueves. 

Además, el juez de Instrucción Martín Lozada, determinó que el efectivo sigua detenido, y ratificó que el muchacho, de quince años, recibió el disparo en la cabeza a una distancia de 2 o 3 metros y rechazó, por lo tanto, la hipótesis de forcejeo.

El procesamiento del cabo Sergio Colombil fue confirmado por encontrarse, a juicio del magistrado, elementos suficientes para determinar su autoría en la muerte del menor practicada con "alevosía" y "abuso de sus funciones".

La medida llegó a pocas horas de una nueva movilización de los familiares y amigos de Bonefoi en reclamo de Justicia y luego de que el fin de semana el cabo policial se negara a declarar.

Lozada indicó que el cabo policial fue "claro" en su despliegue y su accionar consistió "en aprovechar la proximidad corporal de Bonefoi para, mientras lo corría, sacar su arma de fuego reglamentaria, desplazar la corredera para posibilitar la concreción del disparo y apuntar en contra del nombrado. Tras ello, en plena carrera y mientras el perseguido se hallaba de espaldas, apretó el gatillo de su arma y efectuó el disparo mortal".

Calificó este accionar como "innecesario" debido a que si el objetivo era detener al menor sospechado de haber perpetrado un robo, el policía tenía a su alcance "recurrir a otros métodos y recursos para lograr dicha finalidad".

Agregó que Bonefoi estaba desarmado y "ni siquiera lo había atacado de modo alguno" por lo que consideró que el cabo policial abusó de su cargo y "por fuera de las potestades que le fueron conferidas por el Estado democrático y constitucional de derecho para velar por el orden público, le quitó la vida de modo jurídicamente injustificable".

Respecto de la aparición de un arma de fuego con el correr de las horas y a 4 metros del sitio donde murió Bonefoi -que según la hipótesis policial pertenecía al menor- el juez Lozada afirmó que "no constituye una circunstancia que permita a esta instrucción considerar que ella fuese portada por el nombrado a la hora de sucedido el hecho".

Tomó en cuenta en este caso que dos compañeros del cabo policial declararon que no habían escuchado más disparos que la detonación que dio muerte al menor y agregó que, según los términos vertidos en el acta de procedimiento, "se encontraba cargada con la totalidad de los proyectiles susceptibles de ser por ella disparados -seis-".