La iniciativa, que ya contaba con sanción de Diputados, fue aprobada por unanimidad y, entre otros aspectos, fija los valores máximos de sodio que deberán alcanzar los grupos alimentarios a partir de los doce meses de entrada en vigencia de la Ley.

En ese sentido, el Ministerio de Salud puede fijar periódicamente la progresiva disminución de esos valores máximos a partir de los dos años.

Las pequeñas y medianas empresas productoras de alimentos deberán alcanzar los valores máximos de los grupos alimentarios a partir del plazo de 18 meses a contar desde la entrada en vigencia de la Ley.

El Ministerio de Salud debe determinar la promoción de hábitos saludables para reducir el consumo de sodio en la población, fijar pautas de reducción de contenido de sodio en los alimentos y establecer en los envases en que se comercializa el sodio los mensajes sanitarios que adviertan sobre los riesgos que implica su excesivo consumo.

Se considerarán infracciones la comercialización de sal en sobres que superen los máximos de sodio establecidos, omitir la inserción de mensajes sanitarios y carecer en los establecimientos gastronómicos de menús alternativos sin sal.