El juez federal de Corrientes, Gustavo Fresneda, dictó la inconstitucionalidad del impuesto a la riqueza, por considerarlo confiscatorio.  La norma, que fue llamada “Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia” encontró su primera sentencia judicial, que anula sus efectos.

Dicho magistrado correntino hizo lugar a una acción impulsada por Manuel Ulises Intra contra la AFIP y dictó la inconstitucionalidad porque el tributo viola “garantías y principios constitucionales”. La ley es violatoria del derecho de propiedad; principio de no confiscatoriedad; principio de razonabilidad y de capacidad contributiva, escribió el juez.

Además, Fresneda dejó claro que el Impuesto a la Riqueza se implementó como un tributo, no como un aporte, lo que constituye a su criterio, un enfoque definitorio para que la norma incurra en la inconstitucionalidad.