Una circular difundida por el Banco Central precisa que quienes obtengan financiamiento bancario para adquirir un inmueble o un terreno deberán pedir autorización a la AFIP. Esos clientes se encontraban exceptuados

A partir del 4 de junio, quienes adquieran un inmueble a través de un crédito hipotecario deberán pasar por un doble control. En primera instancia, deberán demostrar ante el banco que son sujetos pasibles de endeudarse, tal como sucede en la actualidad. Y en segundo lugar, necesitarán un aval de la AFIP para comprar dólares con los pesos que les presten las entidades financieras para escriturar un inmueble.

Así lo establece una circular difundida este lunes por la tarde por el Banco Central, en donde se prevé que el nuevo régimen esatrá vigente desde el 4 de junio.

Desde que se instrumentó en noviembre de 2011 el complejo sistema restrictivo de consulta de cambios, el Banco Central venía dictando una comunicación que exceptuaba de esa exigencia a la compra de dólares para las operaciones inmobiliarias con créditos hipotecarios. El argumento era que aguardaban que la AFIP adaptara su sistema informático para poder centralizar toda la información financiera.

Eso es lo que se implementará a partir del 4 de junio, porque para entonces estará aceitado el sistema por el cual las entidades financieras podrán acceder al "Programa de Gestión de Entidades Financieras y Cambiarias", por el que informarán a la AFIP sobre todas las líneas de crédito hipotecarias otorgadas antes de esa fecha y su actualización permanente".

En el BCRA aseguran que "quien tomó un crédito hipotecario y guardó los fondos en una caja de ahorro, hoy puede ir al banco y comprar por ese importe para cerrar la operación inmobiliaria que originó el préstamo". Pero desde el 4 de junio la última palabra la tendrá la AFIP.