Constitucionalmente la seguridad ciudadana es materia no delegada por las provincias a la Nación. El Estado central, tiene solamente las facultades que los Estados provinciales le hayan delegado mediante el pacto constitucional, y la seguridad ciudadana no es una de ellas, por eso cada provincia tiene su propia policía y su propio Poder Judicial, así como sus propios códigos procesales.