La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por la doctora Ángela Ester Ledesma, Alejandro Slokar y Ana María Figueroa, resolvió reducir las penas de César Alberto Mendoza, Claudio David Núñez y Lucas Matías Mendoza, quienes en 1999 habían sido condenados a prisión y reclusión perpetuas.

Al tomar la decisión, se invocó el informe 172/10 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que concluyó que el Estado argentino había violado el derecho al recurso y la Convención sobre los Derechos del Niño al imponer penas correspondientes a ciudadanos adultos cuando, en realidad, al momento de los hechos eran menores de edad.

En esa línea, el máximo tribunal penal declaró la inconstitucionalidad del artículo 80 inciso 7° del Código Penal en orden a la pena de prisión perpetua prevista con relación a niños, niñas y adolescentes por lesionar la Convención sobre los Derechos del Niño y el principio de culpabilidad.

La Justicia anuló, entonces, las sentencias recurridas y ordenó remitir la causa al Tribunal Oral de Menores número 1 para que fije una nueva sanción de acuerdo a los parámetros expuestos en la sentencia y en el informe 172/10.