"El sistema de validación de AFIP para la compra con destino tenencia de moneda extranjera funciona normalmente y sin alteraciones que impliquen alguna restricción adicional" indicó el organismo que conduce Ricardo Echegaray a través de un comunicado. La AFIP salió de esta manera a desmentir al diario La Nación que en su edición del día de hoy indicó que "sin previo aviso, la AFIP restringió la compra de dólares para ahorrar". "Todas las operaciones son informadas de manera diaria, sistémica y con total transparencia a través de la web www.dialogofiscal.gob.ar" señala además el comunicado de AFIP.

"Respecto a los empleados en relación de dependencia, el sistema se actualiza permanentemente incorporando las remuneraciones que los empleadores informan a la AFIP mes a mes a través de las presentaciones de las declaraciones juradas de seguridad social y del pago respectivo de los aportes y contribuciones" explicó la AFIP y agregó que "en relación a las acciones centralizadas de fiscalización de los monotributistas, la plataforma tecnológica de AFIP es de actualización permanente y tiene en cuenta los cruces informáticos que el Organismo desarrolla a través de la Dirección de Recursos de la Seguridad Social.

Este esquema sistémico de trabajo permite monitorear en línea el comportamiento de los pequeños contribuyentes: su nivel de facturación, sus gastos, el personal a cargo, los consumos con tarjetas de crédito; Con esta información, AFIP puede recategorizar a los monotributistas o excluirlos del régimen". Y finalmente destaca que "es el Banco Central el organismo que establece los parámetros de validación a través de la Comunicación "A" 5526".

Así, la fórmula para calcular el monto al que un contribuyente puede acceder al dólar ahorro sigue siendo la misma desde la implementación del sistema. Es decir, podrán acceder quienes tengan ingresos declarados por al menos 7.200 pesos mensuales (el equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles) con un tope mensual de compra equivalente a 2 mil dólares. Los trabajadores en relación de dependencia podrán destinar hasta el 20% de su remuneración neta mensual, calculada sobre la base del promedio de los últimos 12 meses.

Los trabajadores autónomos podrán destinar el 20% de sus ingresos netos mensuales promedio declarados en la última presentación mientras que los trabajadores monotributistas podrán destinar el 20% del monto máximo de facturación, mensualizado, para cada categoría.