Tras el fallo de Servini de Cubría, que había definido que cuatro artículos de la ley (2, 4, 18 y 30) que reglamenta las elecciones de consejeros eran inconstitucionales, el juez en lo contencioso administrativo federal Esteban Furnari decidió sumar dos más al hacer lugar a una presentación interpuesta por el doctor Jorge Rizzo y el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

Al fallar sobre el amparo contra el Estado nacional, Furnari determinó que también los artículos 6 y 8 son "violatorios" de la Constitución Nacional. El fallo es de fondo, y el segundo que declara la inconstitucional, tras el citado de Servini de Cubría.

Furnari, además, había dictado una medida cautelar que había tenido suspendida la aplicación de la ley. Había sido luego de un planteo formulado también por Rizzo.

En esa oportunidad, el fallo de Furnari afirmaba que "la ley que regula el Consejo colisionaría con el artículo 114 de la Constitución Nacional". Según el magistrado, la nueva ley "vulneraría las nociones de equilibrio y representación" que la Constitución exige en el citado artículo.