La norma, publicada en el Boletín Oficial, determina multas y clausuras para los comercios que no la respeten y dispone reglas para prestar el servicio, como la provisión a clientes de filtros protectores solares y oculares para exponerse a las radiaciones.

Los comercios dedicados a esta actividad tendrán que exhibir "en un lugar visible" un cartel mediante el cual se informe a los usuarios los riesgos que genera la exposición a los rayos ultravioletas, contraindicaciones y formas de prevención.

Para los casos de incumplimiento, la ley establece sanciones con multas que van de 1 a 10 sueldos básicos de la categoría inicial del Agrupamiento Administrativo (1.353 pesos), clausura temporal o definitiva y decomiso de los equipos.

El Poder Ejecutivo bonaerense reglamentará la ley dentro de los 60 días de su promulgación y los comercios que se encuentran en funcionamiento tendrán 120 días para "adecuarse a los requerimientos establecidos".