En Córdoba, tratarán una ordenanza que prohíbe fumar mientras se maneja. La norma prevé multas que oscilan entre los 500 y 1000 pesos e incluye inhabilitaciones para conducir de 15 a 90 días. El objetivo es modificar conductas peligrosas que devienen en accidentes de tránsito, porque "está comprobada la posibilidad de que ocurran accidentes si se fuma al conducir".

El Concejo Deliberante tratará mañana un proyecto que dispone sancionar a quienes fumen cuando conducen. Fuentes del organismo anticiparon que la iniciativa ya cuenta con los votos necesarios, de modo concretada su aprobación, comenzaría a regir hacia fin de mes.

El proyecto original del presidente de la bancada oficialista de la UCR, Javier Bee Sellares, incluía sanciones de 200 pesos y 400 pesos en caso de reincidencia, pero al ser tratado en comisión se introdujeron modificaciones que elevaron los valores de la sanción.

La futura ordenanza establece que "el que condujere fumando cigarros, cigarrillos, pipas y otros productos similares, será sancionado con multa, cuyo mínimo se fija en la suma de 500 pesos e inhabilitación de 15 días a 90 días". "En caso de reincidencia, el mínimo de multa se elevará a mil pesos y la inhabilitación para conducir será de 60 días a dos años", se indica.

Para el jefe de la bancada radical, fumar frente al volante, "es una amenaza rodante no sólo para el conductor, que resta atención y pericia en la maniobras de manejo, sino también para transeúntes y demás conductores que circulan por la vía pública".