El gobierno de la provincia de Buenos Aires prohibió a las empresas de colectivos intercomunales que hagan circular a las unidades en las que no les funcione el aire condicionado.

“Las unidades dotadas con aire acondicionado no podrán prestar servicio si el equipo de aire acondicionado no se encuentra operativo. Si el equipo se descompone la unidad deber ser retirada del servicio hasta su reparación”, afirma la resolución 373, publicada en el Boletín Oficial bonaerense.

La medida también obliga a las empresas que las próximas unidades que habiliten a partir de hoy “deberán estar equipadas con aire acondicionado” con una temperatura interior de 24 grados y un display digital donde el pasajero pueda observar la temperatura exterior y la calibrada en el interior. Además, se fijaron las características de accesibilidad como ser colectivos de pisos bajos, sistemas para el acceso de discapacitados o espacios para personas con movilidad y comunicación reducidas.  

Las unidades "deberán ser del tipo piso bajo de hasta 0,40 metros de altura entre la calzada y su interior" y contar con sistema de "arrodillamiento" no inferior de 0,05 metros para el ingreso y egreso de un usuario de silla de ruedas. A su vez, debe haber una puerta de 0,90 metros de ancho para el paso de una silla de ruedas, dos espacios destinados a sillas de ruedas con los sistemas de sujeción correspondientes; y dos asientos para personas con movilidad y comunicación reducidas.