El Tribunal de la Sala II de la Cámara del Crimen condenó a Adrián Molaro a 22 años de prisión efectiva más accesorias, por el homicidio simple de Alexis Céparo, ocurrido el 21 de enero de 2012.

Los jueces Marcela Badano, Marcela Davite y Ricardo Bonazzolla descartaron la figura de alevosía pedido por la querella. El adelanto de sentencia se leyó ante decenas de personas que se hicieron presentes en el salón del Superior Tribunal de Justicia, debido a que la sala II está siendo refaccionada.

El Tribunal hizo a lugar, además, a la demanda civil, por lo que Molaro deberá indemnizar a la familia Céparo con 1.372.600 pesos. La defensa del joven adelantó que concurrirá a Casación.

Durante el debate, que duró casi dos semanas, el abogado defensor Marciano Martínez trató de demostrar que Molaro fue hostigado desde que ingresó al jardín de infantes, y que fue víctima de bullying por parte de Céparo.

Sin embargo, intentó convencer al tribunal de que su defendido llegó a la casa de la novia de la víctima, sin intención de asesinar a quien había sido su compañero de escuela entre los 4 y los 15 años, sino que fue a tratar de dialogar para poner punto final a una vieja historia de acoso.

El fiscal Rafael Cotorruelo y los abogados de la familia Céparo (Raúl Masutti y Ladislao Uzín Olleros) refutaron la versión del hostigamiento, por considerar que no sólo no fue probada sino desmentida por varios testigos.