El tribunal que juzga el caso de corrupción en el que está imputada la infanta Cristina rechazó aplicar una doctrina del Supremo con la que la defensa pretendía que la hermana del rey Felipe VI se librara de ser juzgada por cooperar con dos delitos de evasión fiscal cometidos por su esposo, Iñaki Urdangarín. 

De esta forma, Cristina de Borbón seguirá sentada en el banquillo de los acusados por la causa de la Fundación Nóos, cuyo juicio oral se retomará el próximo 9 de febrero, de acuerdo con el calendario establecido por el tribunal de Palma de Mallorca a cargo del proceso. 

En su resolución, la Audiencia Provincial de Palma rechazó los argumentos de los abogados de la infanta, de la Fiscalía Anticorrupción y de la Abogacía del Estado, quienes en el inicio del juicio, el pasado 11 de enero, defendieron la aplicación de la "doctrina Botín" para solicitar que se archivara la parte de la causa que afecta a la hermana del actual monarca. 

Según la citada jurisprudencia del Tribunal Supremo, aplicada por primera vez en 2007 en beneficio del ya fallecido ex presidente del Banco Santander Emilio Botín, frente a los delitos fiscales no cabe abrir juicio oral cuando el único querellante es la acusación popular y ni el Ministerio Fiscal ni la Abogacía del Estado, que representa al damnificado, que es la Hacienda pública, no acusan. A la infanta Cristina solamente la acusa la ONG Manos Limpias, que pide para ella ocho años de prisión por cooperar con dos delitos fiscales presuntamente cometidos por Urdangarin.