La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó al gobierno porteño que “garantice una solución habitacional” a una ciudadana de origen boliviano, y quien reside en nuestro país junto con su hijo menor de edad y discapacitado.

El máximo tribunal consideró que “si bien no hay un derecho a pedir una vivienda, existe una garantía mínima para que las personas que afrontan situaciones de extrema vulnerabilidad”, y en consecuencia hizo lugar al planteo de la mujer Sonia Yolanda Quisberth Castro, mamá de un menor de seis años que padece encefalopatía crónica.

En la actualidad, ambos residen en precarios hoteles que son ofrecidos por la gestión comunal.

“No se trata de que todas las personas tengan derecho a que le regalen una vivienda, esto no existe en ningún ordenamiento jurídico”, aclaró el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti.

“Los poderes públicos –Ejecutivo o Legislativo- tienen que promover planes de vivienda pero en situaciones extremas los jueces pueden controlar esto. Hay un límite en la discrecionalidad estatal y es el análisis de los jueces en los casos de extrema vulnerabilidad”, remarcó el magistrado.

“El derecho se concede al residente”, subrayó Lorenzetti al destacar que el fallo hace caso omiso al origen natalicio de quien recibirá el beneficio.