En las próximas horas el Poder Ejecutivo estaría enviando al Legislativo un proyecto de ley, mediante el cual, el Congreso delegaría en el presidente facultades extraordinarias para resolver medidas con fines sanitarios, mientras dura la pandemia.

El objetivo presidencial es evitar futuras intervenciones de la Corte Suprema, como aquella en que el tribunal determinó que Alberto Fernández no puede inmiscuirse en facultades que las provincias no han delegado en gobierno federal.

La pregunta es si la ley servirá. Los primero que hay que analizar al respecto, es que el Ejecutivo sigue recibiendo delegaciones de facultades. A la de reconducir el Presupuesto Nacional mas o menos como quiera, se le sumaría esta en materia sanitaria, y por otro lado, estas delegaciones terminando siendo eternas, cuando constitucionalmente, son excepcionales y con plazo fijo. ¿Será viable si la Corte realiza un análisis de la norma una delegación sin fecha clara de vencimiento? No debería serlo. Una fórmula como "hasta que termine la pandemia", no debería resultar viable.

Otro tema a considerar es que, cuando se habla de medidas sanitarias, en realidad se habla de restricciones con un fin sanitario, pero en pricipio, lo que se restringe es la libertad de empresa y de trabajo o la circulación. Estos son derechos constitucionales inviolables, o en el mejor de los casos, reglamentables por ley. ¿Los puede reglamentar en presidente por decreto en base a una delegación? ¿No equivale eso a delegar la suma del poder público, prohibida por la Constitución y tipificada como traición? ¿Que futuro en la justicia penal espera a los legisladores que voten semejante cosa?.

Por último, hay que considerar que muchas de las facultades que el presidente requiere en su proyecto, ni siquiera son del Congreso, son de la Provincias en base al sistema federal, base ineludible de nuestro sistema constitucional.

¿Como podría el Congreso delegarle al presidente una facultad que no tiene? Cerrar las escuelas y suspender las clases presenciales es el mejor ejemplo. Es imposible que el Legislativo le de al Ejecutivo poderes que no detenta, esa facultad es provincial y el Congreso al que el presidente manda el proyecto es federal.

Ya lo dijo la Corte y lo anticipó Continentalweb "La Corte advirtió que la autonomía tampoco puede violarse por ley" y tampoco puede hacerlo con ninguna otra provincia.Es posible que el proyecto no salga, que se discuta eternamente y termine en un cajón del Congreso, o tal vez, el oficialismo imponga su mayoría y la sancione. Pero eventualmente la Corte deberá intervenir de vuelta pese a los desos del Ejecutivo.

Dijo hace unos días, luego del fallo favorable a la CABA, el viceministro de Justicia, que si la Corte quiere gobernar arme un partido y gane las elecciones. No hace falta señor, en el sistema republicano que establece el artículo 1° de la Constitución, los tres poderes gobiernan en paralelo, dividiéndose las funciones, el poder es compartido, se controlan un poder a otro en sistema de pesos y contrapesos casi perfecto. La Corte cogobierna, siempre, en la medida de sus facultades, incluso sin ganar elecciones. 

Al que no le guste, que cambie gane las legislativas por mucha diferencia, tenga 3/4 de ambas Cámaras, declare la necesidad de la reforma, luego gane las elecciones de convencionales constituyentes y por fin, modifique la Constitución.