En un fallo considerado histórico para el país, el organismo declaró que es inconstitucional criminalizar a las mujeres y personas gestantes que abortan durante la primera etapa de su embarazo.

Los ministros del pleno de la SCJN invalidaron por unanimidad la legislación del estado de Coahuila que impone de uno a tres años de cárcel "a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento".

El fallo solo obliga a Coahuila a modificar su Código Penal al respecto. Por lo tanto, no supone que el aborto sea ahora legal en todo México, ni que la despenalización afecte a todos los estados automáticamente o que estén obligados a cambiar sus legislaciones locales.

"Al haberse alcanzado una mayoría que supera los ocho votos, las razones de la Corte obligan a todas y todos los jueces de México, tanto federales como locales", subrayó la SCJN en un comunicado.

"A partir de ahora, al resolver casos futuros, deberán considerar que son inconstitucionales las normas penales de las entidades federativas que criminalicen el aborto de manera absoluta", agregó, dejando así la puerta abierta a una posible adaptación de otras legislaciones estatales.

Es decir, que si una autoridad estatal pidiera el encarcelamiento de una mujer porque se practicó un aborto de manera voluntaria, los jueces encargados del caso deberán aplicar a partir de ahora el criterio de la SCJN aunque las legislaciones del estado consideren el aborto como un delito.

"Nunca más una mujer ni una persona con capacidad de gestar deberá ser juzgada penalmente. Hoy se destierra la amenaza de prisión y el estigma que pesa sobre las personas que deciden libremente interrumpir su embarazo", sentenció el ministro de la Corte Luis María Aguilar, autor del proyecto.