Deberán recategorizarse aquellos contribuyentes cuyo nivel de actividad supere los parámetros establecidos por el Código Fiscal, por ejemplo, respecto de su facturación, tomando en cuenta los últimos 12 meses. 

Además de los ingresos, se consideran la superficie afectada y la energía eléctrica consumida para encuadrarse correctamente en la categoría correspondiente.