De acuerdo a una decisión tomada por la jueza federal con competencia electoral de la Ciudad de Buenos Aires, María Romilda Servini de Cubría, los sospechosos de haber contraído Covid 19 no podrán votar en las próximas elecciones.

En el oficio remitido a la dependencia sanitaria del Ejecutivo, Servini expresa que: "Como regla general se establece que las personas que estén cursando la enfermedad del Covid-19, y/o tengan síntomas compatibles con ella deberán continuar con el aislamiento establecido oportunamente por las autoridades de salud pública correspondientes, no deberán presentarse a votar, siendo causa suficiente para justificar la no emisión del voto conforme lo establecido en el art. 12 inc. D del Código Nacional Electoral, debiendo realizarse el trámite correspondiente adjuntando la certificación médica pertinente en su oportunidad”.

La jueza continúa argumentando que: "también como regla general, aquellos electores que fueren contacto estrecho, o sean considerados casos sospechosos de contagio del mencionado virus, o que deban permanecer aislados por alguna de las disposiciones legales vigentes, tampoco deberán presentarse a votar y de igual modo se justificará su no emisión del voto, en las condiciones señaladas precedentemente. En el hipotético caso que un elector se presente ante un local de comicio manifestando estar comprendido en alguna de las causales descriptas, no se permitirá su ingreso al establecimiento, y el delegado electoral labrará un acta al respecto”.

La decisión de Servini será objeto de diversas polémicas. La primera de ellas es el derecho al voto. Impedir el derecho a circular libremente o a ejercer "toda industria lícita", como dice la Constitución, por una pandemia, ya resulta conflictivo y dudosamente constitucional. Pero denegar el derecho al voto, puede acarrear una serie interminable de planteos ante la Cámara Electoral o la Corte Suprema en su defecto.

Por otra parte, el hecho de impedir ejercer dicho derecho a un "sospechoso" de haber contraído la enfermedad, ya se introduce en un terreno de arbitrariedad totalmente inviable desde el punto de vista constitucional.

Y por fin, el último punto de extremo conflicto, es que Servini de Cubría es únicamente la jueza electoral de la CABA, si todos las demás magistrados de las otras 23 jurisdicciones no ordenan lo mismo, habrá ciudadanos enfermosos o "sospechosos" de estarlo que puedan sufragar en Tucumán o Rio negro, pero no podrán hacerlo los porteños, lo que produciría una insostenible desigualdad ante la ley.