La jueza federal María Belén Lópz Mace, ordenó al gobierno de Formosa liberar a los ciudadanos que mantía retenidos en aislamiento, que habían entrado a la provincia detentando un PCR negativo, y que aun así, no podían circular por orden del gobernador Gildo Insfrán.

El fallo obedece a un habeas corpus presentado por el senador formoseño y radical Luis Naidenoff y el presidente de la Unión Cívica Radical local Martín Osvaldo Hernández. Ambos habían requerido que se “ordene a la provincia de Formosa a que libere y restablezca la libertad ambulatoria en todas las personas que se encuentran aisladas por haber ingresado a la provincia y cuentan con PCR negativo, en cumplimiento a la norma federal DNU 168/21 (y que) se abstenga de aislar a las personas que ingresen al territorio provincial y no sean casos positivos de Covid-19, sospechoso y/o contactos estrechos conforme lo establece la autoridad Nacional, conforme DNU 260/20 DNU 125/21 Y DNU 168/21".

La jueza ordenó “requerir a la provincia de Formosa y/o Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19, que en un plazo de 72 horas proceda a dictar y/o adecuar su protocolo de ingreso al territorio provincial garantizando la libre circulación interjurisdiccional".