La Justicia de Corrientes autorizó un trasplante renal entre personas vivas no emparentadas. En este tipo de casos se necesita de una autorización judicial puesto que la ablación de órganos en vida debe provenir de un familiar directo.

En este contexto poco frecuente, el Juzgado Civil y Comercial N°6 permitió que una joven con insuficiencia renal crónica reciba un riñón de su excuñada. La joven, identificada como M., tiene 27 años y relató que hace más de cinco convive con un severo deterioro en la función renal y esta situación la puso en la lista de espera para un trasplante de riñón. Además, debía someterse tres veces por semana a hemodiálisis.

Su historial médico confirma que la mujer participó de diferentes operativos de donantes cadavéricos, sin embargo, éstos no tuvieron la compatibilidad y además ella no estuvo en condiciones físicas para recibir el trasplante. Hace unos días, se presentó la posibilidad de recibir la donación de un riñón de una persona viva. Los estudios realizados por el centro único coordinador de ablación e implantes de corrientes (CucaiCor), su excuñada era compatible.

Se debió acudir a la justicia porque la ley establece que la ablación de órganos y tejidos en vida con fines de trasplante está permitida cuando el receptor es familiar consanguíneo, por adopción hasta el 4°, o su cónyuge, o una persona con quien mantiene una unión convivencial. Las excepciones, como en este caso, deben ser aprobadas por la Justicia.

Por otra parte, en las audiencias realizadas la donante expresó sus deseos de ayudar a que mejore su calidad de vida de su exfamiliar.

Después de un exhaustivo proceso que incluyó evaluaciones médicas, psicológicas y sociales que descartaron cualquier motivación económica, sumado al hecho de que no hubo objeciones por parte de los profesionales y organismos intervinientes, la doctora Sonia Filipigh, titular del juzgado, concedió la autorización.