Han aparecido en estos días, cuestionamientos al tradicional cuento Blancanieves y los siete enanitos, en relación a la escena en la cual el Principe besa a Blancanieves, que se encuentra en un sueño profundo y aparetemente eterno, producto de que la “bruja mala” le dio de comer una manzana envenenada.

Alguien le sugiere al Príncipe que tal beso es la única aparente solución (existen indicios vehementes de que se habría tratado de uno de los enanos, aunque no puede saberse cual de los 7), y el señor procede a suministrarlo. La joven despierta y comen perdices.

Dicen los censores del cuento, que el beso no fue consentido y piden cambiar las circunstancias de la escena para no promover en los niños lo que podría ser a simple vista y en términos del Código Penal, un “abuso sexual simple”.

Pero resulta sustancial relevar las circunstancias del caso: Blancanieves había sido envenenada, había perdido el conocimiento, y según los datos con los que se contaba, esto era por tiempo indefinido.

Podríamos concluir, padecía una suerte de muerte cerebral a causa de evenenamiento. No había clínicas cerca, ni médicos ni ambulancias. Por ende, cuando el señor Principe la besa, lo hace porque se le sugiere que ese beso puede salvarle la vida, lo administra, casi de modo medicinal, y efectivamente el remedio causa el efecto deseado.

Así las cosas, el Príncipe actúa, siguiendo otra vez la lógica penal, bajo un “estado de necesidad justificante”, es decir, lo hace para evitar una mal mayor e inminente: la muerte o el desmayo eterno.

Si el Príncipe, teniendo la solución a la mano, se hubiese dado vuelta y rehuído a besarla, simplemente por no contar con el consentimiento de quien nada podía consentir porque carecía de lucidez, hubiese incurrido en “abandono de persona”.

Cuando una persona sufre un accidente automovilístico, por ejemplo, pierde el sentido, padece graves lesiones y un médico juzga que resulta necesario amputarle un miembro para salvarle la vida, en realidad incurre en “lesiones gravísimas”, con un monto de pena alto, de cumplimiento efectivo.

Empero esta amparado por el “estado de necesidad justificante”, el accidentado no pudo dar su consentimiento, tal vez, no haya cerca ningún familiar que pueda dar consentimiento por él, pero de no hacerlo la persona moriría y el galeno incurriría, como el Príncipe, en “abandono de persona”.

Si usted se desplaza por la vía pública, ve a una persona desplomarse y le practica RCP para salvarle la vida, sin ser médico, indudablemente estará tocando su pecho y suministrándole respiración boca a boca, es decir, posando sus labios sobre los de esa persona y todo ello, sin su consentimiento, y otra vez, en el marco del “estado de necesidad justificante”.

El argumento del tradicional cuento es claro: Blancanieves padecía un sueño profundo y eterno a causa de envenenamiento y se le sugirió al buen Príncipe, que el remedio al mal letal y concomitante era un beso. En ese marco lo intentó, aun sin el consentimiento imposible de la “dormida” protagonista, y para mayor cobertura del real besador, el remedio funcionó.

Por ende, no hay nada que cambiar de dicho relato, ni nada que reprochar al cuestionado Príncipe que actuó conforme a derecho, mas bien, es un buen ejemplo de que cuando se trata de salvar la vida de alguien, hay que hacer todo lo que esté a nuestra mano.

¿Como sabemos, por ejemplo, si el Príncipe había elegido otro tipo de sexualidad para sí mismo y le causaba incluso rechazo dar el beso de marras?. Es posible, y sin embargo, decidió salvar una vida. Dejémoslo en paz.