La Corte Suprema declaró inconstitucional el artículo 53 del DNU 274/2019, firmado durante el gobierno de Mauricio Macri, porque el Poder Ejecutivo no demostró que existiera una situación de necesidad y urgencia que justificara modificar por decreto una materia reservada al Congreso.
El fallo fue dictado por unanimidad por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. La controversia se originó a partir de una sanción de $700.000 impuesta a Cencosud por cobrar en caja un precio superior al exhibido para un producto. La empresa apeló la multa y el expediente llegó a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal.
Ese fuero debía revisar la sanción en función de lo dispuesto por el DNU, que le había asignado competencia para intervenir en causas vinculadas con infracciones al régimen de Lealtad Comercial. Sin embargo, la Cámara cuestionó la validez constitucional de esa norma y remitió el expediente al fuero Contencioso Administrativo Federal, que rechazó intervenir. El conflicto de competencia llegó entonces a la Corte Suprema.
El máximo tribunal sostuvo que la competencia de los tribunales federales sólo puede ser regulada por el Congreso. También señaló que la facultad presidencial de dictar decretos de necesidad y urgencia tiene un alcance excepcional y exige la acreditación de circunstancias concretas. Según la sentencia, esa herramienta no puede utilizarse como una alternativa para legislar por decreto cuando el Ejecutivo considera que ese procedimiento resulta más conveniente o rápido.
