La resolución deroga disposiciones de una resolución de noviembre de 1992, básicamente simplifica los trámites al eximir a los productores de contar con habilitaciones locales si están inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa), un registro obligatorio y gratuito del Senasa que asocia al productor con su tierra y actividad (agrícola, ganadera o forestal), como medio de fiscalización de la sanidad vegetal y animal, inocuidad de alimentos y la comercialización. Además de ser gratuito, contra los costos de ciertas habilitaciones municipales, este trámite se gestiona online a través de AFIP o de forma presencial.
En sus considerandos, la resolución cita expresamente como antecedentes y fundamento al Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 y el Decreto 90/2025 del gobierno de Javier Milei. El DNU 70, la primera gran pieza normativa elaborada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, estableció “que el ESTADO NACIONAL promoverá y asegurará la vigencia efectiva, en todo el Territorio Nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo” mediante “la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y que quedarían sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y la demanda”.
En tanto, el decreto 90, de febrero del año pasado, promovió “un relevamiento normativo con el objetivo de identificar las normas vigentes y proponer la derogación de aquellas que resulten redundantes, innecesarias o generen un sobrecosto del sector productivo”, a partir de un examen de la ley de Administración Financiera y Sistemas de Control, sancionada en 1992.

