Chacra Agro Continental

Prórroga automática y excepcional: para “asegurar el flujo comercial” en la exportación de granos y carnes

Los exportadores tendrán hasta 90 días para informar las nuevas fechas de embarque
24 de Septiembre de 2025 13:24hs
Prórroga automática y excepcional: para “asegurar el flujo comercial”
Prórroga automática y excepcional: para “asegurar el flujo comercial”
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El Gobierno habilitó un plazo de 360 días para las exportaciones que se hayan registrado antes de la entrada en vigencia de las retenciones cero. La medida, dispuesta por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, busca “asegurar el flujo comercial” luego de la implementación del decreto 682/25 que estableció el régimen temporario de retenciones cero para las exportaciones de cereales, oleaginosas y carne vacuna y aviar.

La normativa otorga una prórroga automática y excepcional a la vigencia de las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE) registradas antes de la medida.

Esta extensión tendrá un plazo de 360 días corridos (aclarándose que su cálculo varía según el tipo de declaración). El requisito es que el inicio de embarque sea posterior al 23/9/2025. En tanto, los exportadores tendrán hasta 90 días para informar las nuevas fechas de embarque.

La SAGyP consideró “indispensable” la medida, “para asegurar el flujo comercial”, evitar posibles colapsos en los puertos y “con el fin de prevenir y evitar el desabastecimiento en el mercado interno”.

Cabe recordar que el beneficio del 0% de DEX es temporario: y finaliza el 31 de octubre de 2025, o podría concluir antes si se alcanza la suma de DJVE por US$7000 millones (lo que ocurra primero).

 

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