La Cámara Federal de San Martín reafirmó la inconstitucionalidad de la resolución emitida por el Ministerio de Economía de la Nación que pretende limitar el cobro de tasas municipales dentro de las facturas de luz y gas. Este fallo, derivado de una demanda interpuesta por la municipalidad de Escobar, confirma una decisión previa del Juzgado Federal de Campana y subraya la autonomía garantizada por las constituciones Provincial y Nacional. Según el tribunal, el entonces funcionario “Toto” Caputo sobrepasó sus competencias al intentar eliminar estas tasas, argumentando que dichas acciones desnaturalizan la independencia financiera de los municipios.
La controversia se originó en septiembre de 2024, con la emisión de la Resolución Nº267 por parte de la Secretaría de Industria y Comercio, que restringe incluir conceptos ajenos al servicio en las facturas de luz y gas. El impacto inmediato se observó en distritos como Escobar con las tasas de alumbrado público y distribución de gas integradas en las boletas de Edenor y Naturgy. Caputo justificó esta medida como un mecanismo para aliviar el peso impositivo sobre los consumidores y fomentar una reducción en la inflación, aunque simultáneamente se generó tensión política con los intendentes, muchos de los cuales suelen no alinearse con las políticas nacionales.
A nivel judicial, la resolución desencadenó un gran número de reclamos en tribunales y una postura clara por parte del gobierno provincial encabezado por Axel Kicillof, que rechazó el alcance de la normativa. Los fallos variaron según cada caso: mientras algunos municipios como Tigre y Moreno vieron sus pedidos rechazados por el Juzgado Federal de San Martín, otros como Quilmes, Escobar y San Martín lograron medidas cautelares favorables que les permitieron mantener el cobro en las facturas. En total, se registraron 21 presentaciones municipales ante diversos juzgados.
En su pronunciamiento más reciente, la Cámara Federal de San Martín reconoció que la intención detrás de la resolución busca fines legítimos y consideró que prohibir a las empresas incluir ítems relacionados a tasas municipales podría ser eficaz. No obstante, marcó que esta medida afecta gravemente la autonomía municipal y pone en riesgo las finanzas de diversas localidades. Los jueces propusieron explorar alternativas para lograr el objetivo sin desvirtuar los convenios firmados entre los municipios y las empresas encargadas de percibir esos tributos.

