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Armas de fuego: el Gobierno extendió de uno a cinco años el plazo de vencimiento de las inscripciones

La medida involucra a fabricantes de armas de uso civil, de uso civil y uso civil condicional, de municiones, de materiales de usos especiales, talleres de armado y reparación de vehículos blindados, así como empresas de verificación y repotenciación de instalaciones y vehículos blindados, y recargadores comerciales de munición.
24 de Junio de 2025 14:27hs
Armas de fuego: el Gobierno extendió de uno a cinco años el plazo de vencimiento de las inscripciones
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El Gobierno nacional de Argentina ha implementado cambios significativos en las regulaciones de armas de fuego, eliminando la tasa anual obligatoria para los usuarios y extendiendo a cinco años el plazo de vencimiento de las inscripciones. Esta medida fue establecida por la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) a través de la Resolución 77/2025, publicada recientemente en el Boletín Oficial, marcando un hito en la política de control de armas en el país.

La resolución, firmada por el director del organismo, Juan Pablo Allan, especifica que esta extensión a cinco años en el plazo de vencimiento aplica a las inscripciones de diversos rubros comerciales. Entre ellos se incluyen fabricantes de armas de uso civil, de uso civil y uso civil condicional, de municiones, de materiales de usos especiales, talleres de armado y reparación de vehículos blindados, así como empresas de verificación y repotenciación de instalaciones y vehículos blindados, y recargadores comerciales de munición.

Adicionalmente, el artículo 2 de la misma resolución establece la supresión del pago de la tasa anual que debían abonar los legítimos usuarios comerciales, colectivos, cinegéticos y entidades de tiro. A partir de ahora, estos usuarios solo tendrán la obligación de informar, dentro de un plazo de 30 días, cualquier modificación en los requisitos que cumplieron al momento de su inscripción inicial, si es que tales cambios se hubieran producido.

Las autoridades también aclararon que, en lo que respecta a los usuarios comerciales del rubro importador y transportista, las normativas vigentes se mantendrán sin alteraciones. Esto se debe a que las competencias relacionadas con estos sectores específicos no corresponden a la ANMAC, sino a otras entidades reguladoras. La Resolución manifiesta que todas estas modificaciones se enmarcan en un panorama más amplio de "simplificación y desburocratización de los trámites" a nivel nacional.

Finalmente, la disposición instruye a las Direcciones Nacionales de Registro y Delegaciones, así como a la de Fiscalización, Resguardo y Destrucción de Materiales Controlados, a facultarse sobre esta modificación. Esto implica que deberán realizar las adecuaciones correspondientes en los instructivos y procedimientos de todas las tramitaciones alcanzadas por la presente Resolución, garantizando la correcta implementación de los nuevos plazos y exenciones de tasas.

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