El TOF 2 confirmó la prisión domiciliaria para Cristina Fernández

La medida adoptada implica que ya no será necesaria su presencia física en los estrados judiciales para ser informada sobre los detalles de la condena y las condiciones de su cumplimiento. Se busca evitar así la masiva movilización que planeaban el PJ, la CGT y movimientos sociales.
17 de Junio de 2025 12:59hs
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El Tribunal Oral Federal N°2 confirmó esta tarde la prisión domiciliaria para Cristina Fernández por su condena firme en la causa Vialidad. Esta resolución del Tribunal Oral establece la modalidad de cumplimiento de la pena, impactando directamente en la situación legal actual de la expresidenta.

Como consecuencia directa, se ha suspendido el traslado de Cristina Fernández que estaba programado para este miércoles a los tribunales de Comodoro Py. Este desplazamiento había sido previsto inicialmente como el escenario donde la exmandataria recibiría la notificación oficial de la decisión judicial.

La medida adoptada por el Tribunal Oral N°2 implica que ya no será necesaria su presencia física en los estrados judiciales para ser informada sobre los detalles de la condena y las condiciones de su cumplimiento.

La confirmación de la prisión domiciliaria agiliza el proceso y evita una manifestación masiva de la CGT, el PJ y movimientos sociales que preocupaba al Gobierno nacional.

El texto publicado por el TOF 2 precisa que:

-"Deberá permanecer en el domicilio fijado, obligación que no podrá quebrantar salvo en situaciones excepcionales de fuerza mayor que deberá justificar debidamente. Por fuera de estos supuestos, deberá requerir y obtener la autorización previa del tribunal, sin excepción".

-"Deberá abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes"

-"En el plazo de 48 horas hábiles deberá presentar una nómina de las personas que integran su grupo familiar, custodia policial, profesionales médicos que la tratan asiduamente y abogados que la representan, quienes podrán acceder al domicilio donde cumplirá la pena de prisión sin necesidad de autorización judicial, debiendo requerirse y motivarse el eventual acceso de toda otra persona no incluida en ese listado"

 

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