La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha publicado este martes en el Boletín Oficial la Resolución General 5700/2025. Los anuncios se centran en la supresión de ciertos regímenes informativos y la significativa elevación de los umbrales que activan las investigaciones fiscales.
Una de las principales novedades de la Resolución General 5700/2025 es el incremento a $10 millones del monto a partir del cual se exige la identificación del adquirente, locatario o prestatario que actúe como consumidor final. Hasta la fecha, los comercios estaban obligados a solicitar el DNI del cliente para compras en efectivo superiores a $250.000 y para transacciones electrónicas que excedieran los $400.000. Con la nueva normativa, ambos umbrales se unifican, y los comerciantes no deberán requerir identificación ni registrar datos de los consumidores por operaciones inferiores a los $10 millones.
En paralelo, se ha ampliado a $500.000 el monto de las operaciones que pueden ser documentadas mediante el sistema simplificado del "Facturador", agilizando así los procesos para pequeños volúmenes de transacción. Además, la ex AFIP, ahora ARCA, ha establecido nuevos límites mínimos que desencadenan la obligación de informar o la posibilidad de ser fiscalizado.
Estos nuevos parámetros incluyen: transferencias y acreditaciones, con topes de $50 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas; extracciones en efectivo, con un límite de $10 millones para ambos tipos de sujetos; y saldos bancarios, que se informarán a partir de $50 millones para individuos y $30 millones para entidades. Asimismo, los plazos fijos requerirán reporte desde los $100 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas.
La flexibilización se extiende también a las billeteras virtuales, con umbrales de $50 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas. En el caso de las sociedades de bolsa, las tenencias se informarán a partir de $100 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas. Finalmente, las compras realizadas como consumidor final podrán efectuarse hasta $10 millones sin necesidad de identificación ni reporte.
Complementariamente, las Resoluciones 5697 y 5698/2025 eliminan varios regímenes de información obligatorios. Entre ellos se destacan: los reportes de consumos con tarjetas y billeteras virtuales; el sistema CITI Escribanos, que requería informar operaciones notariales a partir de $10 millones; los informes de compra-venta de vehículos usados; el reporte de expensas desde $32.000; y la declaración del COTI al publicar inmuebles en venta. Estas medidas buscan simplificar la carga administrativa y fiscal para un amplio espectro de contribuyentes.