
El Gobierno nacional ha establecido que las empresas de medicina prepaga deberán informar a la Superintendencia de Servicios de Salud sobre los aumentos que planean aplicar, antes de comunicarlos a sus afiliados.
Esta nueva modalidad de presentación, oficializada mediante la Resolución 645/2025 publicada en el Boletín Oficial, busca que la administración libertaria ejerza un mayor control sobre los ajustes de las cuotas, intentando prevenir incrementos excesivos antes de que sean notificados a los usuarios.
Esta medida surge tras una serie de disputas entre el Gobierno y las empresas de medicina privada en 2024 por el nivel de los aumentos, donde, a pesar de las acciones y denuncias, las cuotas se mantuvieron según lo dispuesto por las empresas.
La resolución establece que "la comunicación a la Superintendencia debe efectuarse dentro del mismo plazo previsto para la notificación a los afiliados. El cumplimiento de este procedimiento es considerado un requisito indispensable para que la comunicación posterior a los usuarios sea considerada válida", enfatizando el objetivo de fortalecer la fiscalización del organismo y garantizar el acceso simultáneo a la información por parte de usuarios y el Estado.