La defensa de Carlos Carrascosa, condenado a prisión perpetua por el crimen de su esposa María Marta García Belsunce, solicitó esta mañana la excarcelación inmediata del viudo luego de que la Corte de Suprema Justicia de la Nación ordenara la semana pasada revisar la condena a prisión perpetua. El pedido de excarcelación fue presentado a las 9 por los codefensores del viudo, Fernando Díaz Cantón y Adrián Murcho ante el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 6 de San Isidro, el mismo que en 2007 absolvió al acusado del homicidio calificado de su esposa aunque lo condenó por el encubrimiento agravado del mismo.

El tribunal, integrado por los jueces María Angélica Etcheverry -la única que participó del juicio de 2007-, Federico Tuya y Débora Jorgelina Ramírez, cuenta con un plazo de 24 horas a partir de la presentación de dicho requerimiento para decidir si deja o no en libertad al viudo.  También deben correrle vista al histórico fiscal del caso, Diego Molina Pico, para que emita su opinión respecto a la excarcelación.

Además, Díaz Cantón anunció que hoy mismo viajará hasta la ciudad de La Plata para presentar un pedido de excarcelación similiar ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense. En el escrito, los abogados señalan que “durante estos cinco años y medio de prisión preventiva lo único que ocurrió fue una privación arbitraria del derecho a la revisión íntegra” de la condena de Carrascosa.

Díaz Canton y Murcho afirman que es “tiempo perdido irremediablemente para el imputado, a quien no se le puede atribuir responsabilidad alguna en dicha situación y que, aunque el daño es ya irreparable, debe ser compensado en moneda de libertad”. También señalan que “la prisión preventiva ha superado holgadamente el plazo razonable de su duración” y “no puede prolongarse más”.

Los defensores también le dedicaron un párrafo al fiscal adjunto de Casación Jorge Roldán, que el viernes pasado opinó en un dictamen que Carrascosa debe continuar detenido. “El Sr. Fiscal no toma en cuenta que tanto la Corte Interamericana de Derechos Humanos como nuestra Corte Suprema sostienen que la sola circunstancia de que exista una pena, por grave que esta sea, impuesta en una condena que no se halla firme, no justifica, por sí sola, la prisión preventiva”, dicen los abogados.