La Corte Suprema de Justicia anuló hoy la causa en la que el juez federal de Mendoza Walter Bento había dispuesto la intervención de Cablevisión, ante una denuncia por práctica anticompetitiva, informaron fuentes judiciales.

Según fuentes judiciales, el Máximo Tribunal, discrepó con el dictamen de la procuradora Alejandra Gils Carbó, determinó que el juez mendocino se había extralimitado, y dejó sin efecto todas sus decisiones.

El caso había sido iniciado con una demanda del Grupo Vila-Manzano. La decisión de la Corte de hoy llega luego de que la Afsca aprobara el plan del Grupo Clarín para adecuarse a la ley de mediosy  repartir sus licencias en distintos grupos económicos.

La causa es "Ami Cable Holding LDT", en la que Supercanal pidió al juez una cautelar para que cesara las "conductas anticompetitivas" de Cablevisión, tales como la determinación del precio a los usuarios, el aumento unilateral de los costos de los competidores, las ofertas con precios predatorios, el manejo de la grilla de canales a favor del Grupo Clarín, la exclusión de señales y la manipulación del ingreso de otras empresas en el sector.

El juez Bento había hecho lugar a la cautelar y en ella la designación de un interventor coadministrador en Cablevisión, así como su separación de Multicanal, más allá de que aún persistía un juicio sobre la fusión de ambas empresas en el fuero Civil y Comercial Federal.

La causa tuvo su pico máximo el 20 de diciembre de 2011, cuando estaba en auge la disputa por la sanción de la Ley de Medios y el juez ordenó un allanamiento en las instalaciones de Cablevisión, donde acudió gran cantidad de gendarmes. 

"La causa promovida por Supercanal S.A. demuestra que en dichas actuaciones se pretende, en definitiva, satisfacer un objeto que contiene al que se ventila ante la Cámara en lo Civil y Comercial Federal, consistente en impugnar y privar de validez la des concentración empresaria entre Cablevisión S.A. y Multicanal", refutó la Corte en la resolución.

Es que en ese fuero se discute si es o no correcta la fusión deCablevisión y Multicanal, y Clarín -al plantear la incompetenciadel juez de Mendoza- reclamó que esa causa se tramitara junto a la otra ya existente; al tiempo que la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó que el expediente debía seguir en esa provincia.

La fusión entre Cablevisión y Multicanal había sido dictada por decreto del entonces presidente Néstor Kirchner.

Ante la discusión sobre la competencia, la Corte declaró nulo todo el expediente en manos de Bento y dispuso el archivo, con lo cual sólo quedó en pie la causa en el fuero Civil y Comercial Federal.

Para la Corte, Supercanal no tenía legitimidad para "peticionar directamente ante el Poder Judicial que Cablevisión S.A. sea disuelta, liquidada, desconcentrada o dividida", sino que es "la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia la autoridad que concentra en sus manos la potestad para reclamar un mandato de la especie mencionada".

El juez "ha realizado una creación ex nihilo del título para fundar su competencia e irrumpir en la ajena, desconociendo el sabio principio sentado por esta Corte como guía insoslayable para prevenir a los magistrados del ejercicio arbitrario del poder", consignó el máximo Tribunal en el fallo. "El Poder Judicial, por su naturaleza, no puede ser jamás el poder invasor, el poder peligroso, que comprometa la subsistencia de las leyes y la verdad de las garantías que tiene por misión hacer efectivas y amparar", agregó.

El fallo fue unánime con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Carlos Fayt, Juan Maqueda y Carmen Argibay, pues Raúl Zaffaroni se encuentra deviaje y no estuvo presente en el acuerdo.

En agosto de 2012, el juez federal de Mendoza Walter Bento había ordenado intervenir Cablevisión y, también, desplazar a todo su directorio.

Sin embargo, la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal dispuso que el juez Bento era "incompetente" dado que el caso debería tramitarse en la Capital Federal, por lo que el tema quedó en manos de la Corte Suprema.