Cinco acusados por el homicidio del adolescente Matías Bragagnolo (16), cometido en abril del 2006 durante una pelea callejera en el barrio porteño de Palermo, fueron sobreseídos por la Cámara del Crimen, que declaró prescripta la causa para ellos, informaron hoy fuentes judiciales.

La decisión del tribunal exceptuó en cambio a dos de los jóvenes imputados y a un policía federal que no fueron beneficiados con el pedido de prescripción y continuarán siendo sometidos a juicio oral y público en un Tribunal Oral de Menores 3, acusados de homicidio preterintencional.

El fallo fue firmado por las camaristas María Laura Garrigós de Rébori y Mirta López González, a raíz del planteo que hizo la defensa de uno de los acusados que, por ser menor de edad al momento de los hechos, sólo fue identificado por las iniciales E.S.

El tribunal consideró prescripta la acción penal a raíz del tiempo transcurrido y de que la pena a la que era pasible por haber arrojado una piedra a Bragagnolo durante la pelea, era de uno a tres años de prisión.

Otros cuatro acusados identificado como A.B., M.E.M., G.N.F. y A.A. también fueron beneficiados con la prescripción de la acción penal.

El abogado Jorge Alvarez Berlanda, querellante por la familia de Bragagnolo, denunció las "maniobras dilatorias" que postergaron el inicio del juicio hasta que pudieran ser beneficiados con la medida.

En tanto, otros dos jóvenes continúan siendo juzgados por homicidio preterintencional, delito que tiene lugar cuando el agresor actúa con la intención de provocar lesiones a otra persona, con un medio idóneo para ello, pero finalmente le provoca la muerte.

De esta manera, se analiza la intención (que no es la de matar) y el medio, que no debía razonablemente ocasionar la muerte. La pena va de tres a seis años de prisión.

El debate, que se inició el 29 de abril, se suspendió porque un defensor de los muchachos planteó que estaba pendiente de resolución en la Corte Suprema de Justicia un recurso por prescripción de la causa.

Por ese motivo, el juicio quedó paralizado hasta que el 5 de junio último cuando el máximo tribunal de la Nación rechazó el recurso y quedó allanado el camino para el reinicio del debate a cargo del TOM número 3.

En este juicio también esta imputado el policía Luis Villegas, quien está acusado por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y vejaciones ya que cuando revisó al joven le habría aplicado algunos puntapiés y no dio aviso de lo sucedido a sus superiores.

El hecho ocurrió la madrugada del 9 de abril del 2006 cuando Bragagnolo y unos amigos salieron de una fiesta en un departamento a comprar bebidas en un quiosco cercano y allí se les acercó un grupo de adolescentes con los cuales comenzó una discusión por motivos nunca develados.

Uno de los integrantes del otro grupo comenzó a golpear a Bragagnolo, se agregaron otros que le tiraron una piedra y el joven salió corriendo hasta volver a entrar al edificio, situado en Ortiz de Ocampo 2882.

El policía Villegas, que se había sumado a la carrera porque los agresores acusaron a Bragagnolo del robo de un celular, franqueó el ingreso al edificio de todos los agresores.

Bragagnolo se descompuso cuando fue sometido a una revisión por el efectivo en el lugar, se lo trasladó a un hospital y falleció.
Según la investigación, el chico recibió un golpe desde atrás en la zona del cuello, por debajo de la oreja.

La pericia médica dictaminó que Bragagnolo falleció una vez que estaba en el suelo a raíz de una "muerte súbita" por un edema pulmonar.  

Respecto a esta decisión, Jorge Álvarez Berlanda, abogado de la familia de Matías Bragagnolo y ex Fiscal Federal, habló con Fernando Bravo sobre la decisión del tribunal.