El gobierno español aprobó este viernes una reforma de la ley del aborto, vivamente criticada por la oposición y grupos feministas, que restringe este derecho a los casos de peligro para la salud física o psíquica de la madre, y de violación.

El aborto se autorizará cuando "sea necesario por existir grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la mujer" y que "el embarazo sea consecuencia de un hecho constitutivo de un delito contra la libertad sexual de la mujer", explicó este viernes el ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón, tras el semanal consejo de ministros.

En el primer caso será necesario un "informe motivado emitido con anterioridad por dos médicos de la especialidad de la patología que genera el grave peligro para la vida o la salud de la mujer", distintos del que efectuará el aborto, añadió el ministro al presentar el anteproyecto de ley este viernes.

El cambio legislativo supone una vuelta a la ley de supuestos de 1985, que el gobierno socialista reformó en 2010 para permitir el aborto libre en las 14 primeras semanas de embarazo y hasta las 22 en caso de malformación del feto o peligro para la vida de la madre.

Aunque es una vuelta más restrictiva, ya que se elimina la posibilidad de abortar en caso de malformación del feto, algo que permitía la ley de 1985.

"Si el peligro para la salud psíquica de la madre tuviese su origen en el hecho de que el embrión padezca una anomalía fetal incompatible con la vida entonces se precisa el informe de un médico sobre la madre, es decir, sobre el riesgo de un daño psíquico para la mujer más otro informe sobre el feto de tal forma que quede probada esa anomalía", explicó Gallardón.

La nueva legislación también obliga a contar con una autorización de los padres en caso de que una menor quiera abortar y como una de las principales novedades, la mujer ya no podrá ser penalizada por abortar.

Esta reforma ha suscitado vivas críticas por parte de la oposición y de grupos feministas y en favor del derecho a decidir.