El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, ratificó que “si el comprador de dólares los deposita en caja de ahorro o plazo fijo, no se aplicará el anticipo de Ganancias del 20 por ciento. Si lo retira antes de los 365 días, tendrá que pagar el anticipo”, acotó al dar cuenta de la resolución general 3583 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada hoy en el Boletín Oficial. Podrán acceder a la compra de dólares para tenencia y ahorro “todos los trabajadores registrados en relación de dependencia, autónomos o monotributistas inscriptos en la AFIP, en función del ingreso mensual, habitual y permanente”, añadió. El límite inferior es percibir en concepto de ingresos mensuales el equivalente a dos salarios mínimo, vital y móvil, es decir, 7.200 pesos a partir de 2014.

“El límite superior será equivalente a dos mil dólares por personas físicas” y la retención por el impuesto a las Ganancias será en esos casos de 20% de la operación”, añadió en una conferencia de prensa junto al director de la AFIP, Ricardo Echegaray. También indicó que para turismo y gastos de tarjeta de crédito y débito en el exterior no hay cambios, en virtud del éxito que esto ha tenido en el turismo receptivo e interno en el país”, lo cual implica que la retención de Ganancias continúa en 35%.

Por su parte, Echegaray informó que “en la página web de la AFIP se podrá ingresar para evacuar consultas técnicas y los ciudadanos que quieran acceder podrán obtener el certificado” que les permita adquirir dólares, y que tendrá una validez de 72 horas. Echegaray precisó además que el tope autorizado para gastos en el exterior equivale a 104 dólares diarios por persona, de acuerdo con lo que se evalúa como gasto de los viajeros.

En otro orden, Capitanich ratificó la vigencia del plan ‘Precios Cuidados’, “que debe extenderse a todo el territorio nacional con la colaboración de los gobiernos provinciales. Las medidas correctivas tienen que ver con el monitoreo en el grado de cumplimiento y la apertura de importaciones para los bienes que tienen un precio superior al del acuerdo”, indicó el funcionario. Agregó que se mantiene el seguimiento y monitoreo a combustibles, al acuerdo de precios y a la cadena de valor e insumos difundidos “para instrumentar acuerdos que permitan garantizar suministros en precios y condiciones razonables”.

“No hay razones para que una cotización del tipo de cambio pueda desvirtuar un precio final. Muchos empresarios aumentan por las dudas, con la variación del tipo de cambio oficial, ilegal, cuando llueve, cuando hay sequía, en cualquier circunstancia internacional y también cuando bajan los precios, por lo que es imprescindible que el Estado actúe en este sentido”, sentenció.