La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó al Estado Nacional incluir a la empresa Artear SA, titular Canal 13, en el reparto de la publicidad oficial y destacó la importancia de la libertad de expresión en el régimen democrático, tanto en lo referente a la libertad que tienen los ciudadanos de expresar sus ideas, como en la protección de la actividad crítica de los periodistas y en el rechazo de todo tipo de censura.

Los jueces Lorenzetti, Maqueda, Fayt, firmaron un voto conjunto en el que destacan que los precedentes deben ser acatados y refuerzan la importancia del cumplimiento de las sentencias, máxime en el campo de la libertad de expresión. Todos coinciden en confirmar la sentencia, excepto el Dr Zaffaroni, quien solicita que se de vista al Procurador.

“La derivación propagandística que tuvo el destino la publicidad oficial hace difícil defender esa publicidad oficial como un servicio al ciudadano, en la vida democrática”, subrayó el investigador del Conicet y profesor de la Universidad de Quilmes, Martín Becerra.
 
“Políticamente puede leerse como un fallo histórico…en muchos países de América Latina está regulada la distribución de la publicidad oficial”, enfatizó.
 
En Argentina, “se concibe al recurso público como una caja que está al servicio del partido y castiga a los medios que son díscolos”, advirtió Becerra.