La Sala II de la Cámara Federal resolvió hoy apartar al juez Norberto Oyarbide de la causa conocida como “mafia de los medicamentos” y declaró nulo el fallo que sobreseyó a Héctor Capaccioli, Hernán Diez, Gabriel Brito y Sebastián Gramajo. A la vez, remitió el fallo al Consejo de la Magistratura.

Con la firma de los jueces Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah, la Sala II de la Cámara Federal resolvió apartar al juez Norberto Oyarbide de la instrucción de la causa “Brito, Gabriel A. s/ costas”, que investiga la “mafia de los medicamentos”, por desconocer la resolución que determinó que la investigación quedara en manos del magistrado Ariel Lijo.

A pesar de esa resolución, Oyarbide avanzó en la causa: en 2011, resolvió el procesamiento de los imputados y, en 2014, su sobreseimiento por el delito de lavado de activos provenientes de fondos recibidos para financiar la campaña presidencial del Frente para la Victoria en 2007.

Los jueces declararon “inexistente e ineficaz” el pronunciamiento de Oyarbide del 25 de marzo pasado, que sobreseyó a los imputados Héctor Capaccioli, ex superintendente de Servicios Salud; Hernán Diez; Gabriel Brito y Sebastián Gramajo, que era empleado de ANSeS. Por tal motivo, dispusieron la “nulidad parcial del auto” y el apartamiento del magistrado a cargo del Juzgado Federal n° 5 “de las presentes actuaciones y sus conexas”.

A la vez, la Cámara Federal resolvió “poner en conocimiento de la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura de la Nación la situación descripta en esta resolución”. De esta manera, Oyarbide podría ser sometido al proceso de juicio político.

Finalmente, el Tribunal resolvió “no hacer lugar” a la pretensión de la defensa de Gabriel Brito de que se impongan costas a quienes fueran querellantes en la causa.