Desde noviembre próximo, quienes pidan una factura de tipo "A" en bares, restaurantes y hoteles deberán completar una declaración jurada de la AFIP.

La medida de la agencia de recaudación tributaria alcanza también a centros de estética, gimnasios, peluquerías y playas de estacionamientos, según la resolución 3668 publicada ayer en el Boletín Oficial.

La normativa establece un régimen de pedido de información al que quedarán sometidos aquellos que estén autorizados a computar el crédito fiscal que surja de los consumos en los sitios alcanzados por la resolución.

El formulario es el F.8001 -que ya puede descargar de la web de la AFIP- y deberá ser completado, en parte, por el cliente y por el comerciante. Luego, el proveedor del bien o el servicio que emita la factura "A" estará obligado a informar al organismo de recaudación sobre la operación.

Según el texto de la normativa, en el formulario se deberá identificar quién es el solicitante y se tendrá que especificar "el motivo de la excepción invocada".

Además, "el emisor podrá optar por hacer esas facturas 'A' en forma electrónica, consignando todos los datos específicos que se solicitan o bien continuar con sus métodos de facturación habituales y complementar los datos para la AFIP a través de un régimen informativo".

La información deberá ser suministrada por trimestre calendario y el vencimiento para enviar los datos a la AFIP será hasta el día 15, inclusive, del mes inmediato siguiente al trimestre del que se trate.

En La Vuelta, Pablo Chardon, contador público, explicó la nueva normativa.