Es que el 31 de enero finaliza el período para que se puedan detallar vínculos familiares, deducciones y percepciones referidas al 2014, con el fin de que los empleadores otorguen, si es que corresponde, un reintegro a favor de los empleados en sus respectivos sueldos en marzo de 2015. Por Continental, César Livtin, presidente del Instituto tributario, explicó que se puede realizar el trámite de dos maneras: online, a través de la web de la AFIP, y manual.

Para los empleados que tuvieron remuneraciones brutas mayores a 250 mil pesos en 2014 se debe concretar el trámite virtual, mientras que para aquellos que ganaron menos de ese monto, tienen que imprimir de ese sitio el formulario 572 y completarlo, para luego presentarlo ante el organismo tributario, explicó Litvin en La Mirada Despierta. El gravamen involucra a "todos los que trabajen en relación de dependencia y durante los primeros ocho meses del año hayan cobrado quince mil pesos brutos".

Las deducciones permitidas son cuotas de prepagas, donaciones a entidades exentas por la AFIP, intereses abonados por préstamos hipotecarios, gastos de sepelios, sueldos y cargas sociales por personal doméstico, seguro de vida del empleado, aportes a sociedades de garantía recíproca, gastos de movilidad, viáticos de los autos de viajantes de comercio y pagos de atención médica del empleado y familia, reseñó Litvin. 

Además, señaló que antes del próximo 31 se debe informar sobre el impuesto del 35% por viajes y compras con tarjetas de crédito y débito en el exterior, el 20% de recargo por compra de dólares y el 34% del Impuesto al Cheque por depósitos durante el 2014. "Una vez que el empleador recibió toda la información con la actualización, tiene que recalcular y reliquidar el impuesto anual y, si corresponde, reintegrar al empleado lo retenido, que será abonado con el sueldo correspondiente a febrero", subrayó.