El diputado nacional y precandidato presidencial del Frente UNEN, Julio Cobos, presentó hoy un proyecto de ley para introducir en el Código Procesal Penal la figura del juicio en ausencia con el fin de permitir a los imputados de delitos de lesa humanidad ser juzgados en el país aunque se encuentren en el extranjero.

A 20 años del atentado a la AMIA, Cobos indicó que el proyecto, que presentó con la firma también de Luis Petri, pretende “dar herramientas a la justicia” para actuar ya que, explicó, “el Código Procesal Penal no regula la continuación del proceso ante la ausencia del impuesto, por el contrario lo suspende”.

En la Cámara baja también hay otros dos proyectos presentados para permitir el juicio en ausencia, uno de Laura Alonso y otro de Luis Tonelli, ambos del PRO.

Cobos precisa en los fundamentos del proyecto que lo que promueve es “la realización del juicio en ausencia para poder lograr el juzgamiento y la búsqueda de verdad en aquellos casos de crímenes de lesa humanidad”.

El ex vicepresidente recordó que el memorándum de acuerdo con Irán para facilitar la declaración de los sospechosos iraníes, que es criticado por todo el arco opositor, “fue declarado inconstitucional” y por eso con la incorporación del artículo 290 bis en el Código Procesal Penal se podría comenzar o continuar el proceso “aunque el imputado no esté físicamente”, o sea esté en “rebeldía”.

Esta situación se daría, de acuerdo al proyecto, “cuando se haya librado orden de detención internacional, cuando hubieren transcurrido más de dos años de la orden de detención o se trate de los delitos comprendidos en el marco del Estatuto de Roma, la Ley 26.200 y\o de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad”.

El imputado en rebeldía tendría la asistencia de un defensor oficial designado por sorteo para garantizar la transparencia de dicha elección.

A su vez, indica el proyecto de Cobos y Petri que el juez deberá reabrir el debate en caso de comparecencia personal del imputado posterior a una sentencia condenatoria si existiese oposición o bien aportare nuevas pruebas y tendrá que dictar la prisión preventiva a fin de garantizar la comparecencia en el juicio.